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SUS DERECHOS:
CUANDO SEA ATENDIDA EN UN CENTRO
MÉDICO:
>>Tiene derecho a ser
atendida de forma preferente.
>>Tiene derecho a que se
elabore un parte detallado como víctima de violencia doméstica.
>>Tiene derecho a
solicitar a su médico de cabecera su historial que puede servir
como prueba de la conducta violenta que sufre, ya sea física o
psíquica.
CUANDO
PRESENTE DENUNCIA EN COMISARÍA:
>>Tiene derecho a un
abogado/a del turno especializado, que le asesore en el momento
de efectuar su denuncia. Es conveniente que tenga ese
asesoramiento.
>>Tiene derecho a ser
informada sobre el alcance y contenido de la orden de
protección, así como a solicitarla en el mismo momento en que
denuncie.
>>Tiene derecho a
adjuntar informes médicos y sociales. En el primer caso,
solicitando copia de su historial a su médico de cabecera. En el
segundo caso, y si está siendo atendida en un centro de
Servicios Sociales, solicite dicho informe a su trabajadora
social o psicóloga y dígale para qué lo necesita. Todo ello es
importante si quiere probar que hoy no ha sido la primera vez.
>>Tendrá personas a
su
alrededor que habrán sido testigos de algún acto de violencia
que haya sufrido, aunque no sea el que vaya a denunciar
(familiares, amigos…) que vayan usted cuando denuncie y
presten su declaración.
EN EL MOMENTO DEL JUICIO:
Tiene la posibilidad de que un profesional de la oficina de
atención a las víctimas le acompañe al juicio. También puede
acompañarle su Agente protector del Grupo GAMA, si se lo comunica en
cuanto conozca la fecha.
CUANDO TENGA SU ORDEN DE PROTECCIÓN:
En ella se determinarán a su favor una
serie de medidas civiles como: uso y disfrute de la vivienda, guarda
y custodia de sus hijos, determinación de la pensión que deberá
pasarle su ex-pareja…. También tendrá una serie de medidas
penales, la más importante: orden de alejamiento que impide a su
agresor acercarse a usted, comunicarse con usted por cualquier medio…
Estas medidas penales implican que en el momento que se vulnere dicha
prohibición deberá llamar a la Policía y denunciar lo ocurrido, ya
que ello supone un quebrantamiento de la medida cautelar acordada
por el juez y se procederá a su detención.
En cuanto llegue la orden de
protección a la Unidad de Policía Local perteneciente a su domicilio,
un Agente del Grupo GAMA le
llamará para quedar con usted, darle una serie de teléfonos de su
interés y ofrecerle recursos que le puedan interesar, así como para
recabar datos que nos ayuden a protegerle. Este Policía será su
Agente Protector y podrá contactar con ella/él para cualquier duda
o situación de emergencia que se le plantee.
IMPORTANTE:
A veces las órdenes de protección
tardan en llegar unos días al grupo, o el Agente Protector tiene
dificultades para localizarle por su horario o por cualquier
otra causa, por lo que si lo desea, una vez tenga en su poder
la orden de protección diríjase a la Unidad de Policía Local que
corresponda a su domicilio y pregunte por un Agente del Grupo GAMA,
allí le haremos una copia de la orden y le informaremos cumplidamente de
todo aquello que necesite. |